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Debe haber 21 abanderados indígenas

Obliga el INE a partidos a incluir candidatos de grupos vulnerables

Tanto en fórmulas distritales como en listas plurinominales deberán garantizarse acciones afirmativas

 
Periódico La Jornada
Miércoles 17 de febrero de 2021, p. 13

Con la finalidad de garantizar las acciones afirmativas en favor de diversos grupos vulnerables en la postulación de candidatos a diputados federales, el Instituto Nacional Electoral determinó, como criterio para su confirmación, que los partidos políticos y coaliciones deberán promover la postulación con esas características en la fórmula que registren en cada distrito o en la lista de aspirantes a legisladores por la vía plurinominal.

En el acuerdo aprobado por el Consejo General para dar respuesta a las dudas existentes en el Partido Acción Nacional sobre la posibilidad de vincular en una candidatura a personas con diversos tipos de vulnerabilidades, se adoptó el criterio de la postulación en fórmula. Sin embargo, el mismo acuerdo señala:

“Las personas que se ubiquen en más de un grupo en situación de vulnerabilidad, serán contabilizadas en cada uno de ellos, así como en el género correspondiente o en el que se autoadscriben (de tratarse de personas trans)”.

Estas definiciones se desprenden de la obligación de los partidos y coaliciones de cubrir las cuotas en las postulaciones a grupos vulnerables, entre las que se cuentan la postulación en 21 distritos de población indígena a 21 candidatos con ese origen étnico, 11 de los cuales deberán ser mujeres, divididos además en bloques de competitividad de cada partido (alto, medio y bajo) por su presencia en la zona. Asimismo, nueve candidatos indígenas en las listas plurinominales, de los cuales al menos uno deberá estar en los primeros 10 lugares.

En el acuerdo de acciones afirmativas que se aprobó en diciembre, se incluye además a personas con discapacidad. Partidos y coaliciones deberán postular fórmulas de candidaturas integradas por personas con discapacidad en seis de los 300 distritos que conforman el país. Además, dos fórmulas de candidatos con esta característica en los primeros 10 lugares de las listas plurinominales.

Por lo que hace a la diversidad sexual, deberán registrar dos fórmulas con esta característica y una en cualquiera de las cinco listas de representación proporcional dentro de los 10 primeros lugares.