Miércoles 10 de febrero de 2021, p. 15
La Secretaría de Educación Pública (SEP) sí tiene facultades para evitar abusos en el cobro de colegiaturas, según un proyecto de resolución que será discutido hoy por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), donde también se aclara que las instalaciones de las escuelas particulares no forman parte del Sistema Educativo Nacional (SEN).
Se trata del primer amparo de varios interpuestos por dueños de escuelas privadas, preocupados por la supuesta expropiación de sus planteles, debido a que fueron incluidos como parte del SEN.
El juicio específico fue promovido por el Centro Educativo San Jerónimo, e impugna los artículos de la Ley General de Educación (LGE) que facultan a la SEP para intervenir en cuestión de colegiaturas, argumentando que esto viola su derecho a la libertad de trabajo.
En el proyecto, presentado por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, se responde: Las disposiciones aquí reclamadas tampoco son violatorias del derecho fundamental a la libertad de trabajo de la quejosa, pues además de no limitar su ejercicio, se trata de una prerrogativa cuya titularidad corresponde única y exclusivamente a las personas físicas
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Sobre los artículos 34 y 99 de la LGE, donde señala que todos los planteles educativos forman parte del SEN, el ministro González aclara que esta disposición no puede entenderse como una expropiación de las escuelas particulares.
Explica que la propiedad privada está sujeta a modalidades, según el artículo 27 constitucional, donde se habla de la posibilidad de expropiaciones por causas de interés público, facultad no incluida en la LGE.
El proyecto agrega que estas disposiciones deber ser interpretadas en el sentido de que únicamente los planteles públicos integran el SEN, “no así los bienes –muebles e inmuebles– que forman parte del patrimonio de los planteles privados que prestan servicio educativo, pues éste (el SEN) se rige de conformidad con el marco normativo aplicable a la propiedad privada”.