Domingo 8 de noviembre de 2020, p. 11
La fracción de Morena en la Cámara de Diputados presentó una iniciativa de reforma a las leyes del Infonavit y del Issste con objeto de desechar el doble cobro de interés en los créditos para vivienda, otorgado a los trabajadores que obtienen un salario superior al de cuatro unidades de medida y actualización (UMA). Esa tasa doble fue aprobada en las reformas a ambas legislaciones, en 1992 y 1993, encareciendo desde entonces el derecho a la vivienda barata, pues los dos institutos cobran por encima –mínimo– un punto arriba, de la tasa de interés bancaria vigente.
La iniciativa, que se encuentra en proceso de dictaminación en San Lázaro, subraya el derecho a la vivienda digna a través de créditos baratos y suficientes. Al día, el promedio de las tasas de interés sobre los saldos insolutos es comparativamente más oneroso que las aplicadas por la banca privada a escala nacional o internacional, y la actualización del saldo de los créditos conforme al incremento del salario mínimo, se aparta del precepto constitucional ligado al interés social, ya que el crédito lejos de ser barato resulta inasequible.
En ambos casos debería aplicar una tasa de interés inferior a la que otorgan las instituciones de crédito privadas, de tal manera que el trabajador pueda pagarlo sin que dicho crédito supere excesivamente el costo original de la vivienda adquirida, tal y como sucede actualmente. Por ejemplo, el patrón aporta 5 por ciento sobre el salario del trabajador para la subcuenta de vivienda incluso después de otorgarse el crédito, el trabajador paga por años un crédito a un interés que puede oscilar entre 10.8 y 12 por ciento, que es igual o superior a una institución bancaria, por ello pasan años y el crédito continúa sin variación y adeuda lo mismo que cuando lo solicitó o un poco más.
Aun peor, el cobro de intereses sobre los saldos insolutos es mayor al que cobra la banca privada y la actualización del saldo de los créditos conforme al incremento del salario mínimo, se aparta del precepto constitucional de interés social, ya que el crédito en este caso está dependiendo de un sistema con un doble mecanismo de cobro de interés, o bien un doble cobro de intereses sobre la vivienda, lo cual, además de ser inconstitucional, resulta mucho más caro que cualquier otro crédito
, señala.
Las actualizaciones anuales de créditos y la aplicación de intereses no tienen un equilibrio en la relación con la percepción salarial y la capacidad de pago por periodos prolongados, con lo cual se eleva drásticamente el monto original del crédito.
Es preocupante para los beneficiados que, a pesar de pagar puntualmente, a través de las retenciones que se hacen de su salario, no disminuya la deuda original, sino se incremente, a pesar de que dichas retenciones representen 30 por ciento del salario del trabajador al contratar el crédito.
La iniciativa prevé un esquema de pagos fijos en pesos que revierta la tendencia de la cartera vencida, sin que se descapitalice a las instituciones y, al mismo tiempo, estos créditos sean verdaderamente para otorgar vivienda digna de interés social barata y suficiente para los trabajadores.
La propuesta de reforma considera que por tratarse del otor-gamiento de créditos hipotecarios de interés social, los trabajado-res de ingresos medios y altos, con salarios mayores a cuatro veces el valor de la unidad de medida y actualización o su equivalente en pesos, en ningún caso deberán pagar un interés mayor al que establezca la banca comercial
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