Adelantará la entrega de esa prestación
El Ejecutivo reintegrará a la Tesorería de la Federación el 100% del suyo para atender las necesidades de la emergencia por la pandemia
Viernes 6 de noviembre de 2020, p. 17
Por medio de un decreto publicado en el Diario Oficial, el presidente Andrés Manuel López Obrador instruyó adelantar a los trabajadores de dependencias federales el aguinaldo correspondiente a este año a partir del próximo lunes, e instruyó regresar lo que corresponde a su prestación a la Tesorería de la Federación.
El decreto también establece un recorte del aguinaldo para personal de enlace y de mando de las dependencias y entidades, así como del personal del servicio exterior mexicano que cumpla funciones en territorio nacional, de cuarenta días como estaba en 2019 a veinte días
Las disposiciones para el otorgamiento del aguinaldo correspondiente al ejercicio fiscal de 2020 indican que los montos deben ser congruentes con los principios de austeridad republicana que se han establecido en la actual administración federal.
A fin de ser coincidente con las medidas de austeridad que he venido impulsando, he tomado la decisión de reintegrar a la Tesorería de la Federación el 100 por ciento del monto que reciba por concepto de aguinaldo y gratificación de fin de año en términos de las disposiciones jurídicas aplicables, y que históricamente equivale a 40 días por esos conceptos, para que se destinen a dar atención a las necesidades derivadas de la emergencia generada por el nuevo coronavirus en México
, indica el decreto presentado por el jefe del Ejecutivo.
Especifica que el pago del aguinaldo se podrá cubrir a partir del 9 de noviembre a los trabajadores de los organismos públicos, mientras que los entes autónomos federales podrán tomar como base las disposiciones del decreto para al pago de este derecho.
Además, establece que para el personal de enlace, de mando de las dependencias y entidades, así como el personal del servicio exterior mexicano que se encuentre cumpliendo funciones en territorio nacional, el aguinaldo será de veinte días, sobre la base de cálculo de los sueldos y salarios autorizados, mismo que se incrementará hasta alcanzar un máximo de cuarenta días, sobre la misma base de cálculo, en los niveles que menor percepción tengan en el tabulador de sueldos y salarios
.
Para ello, detalla que será la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la que establezca los lineamientos específicos, así como los términos y el tabulador respectivo, mientras que para el resto de los trabajadores el aguinaldo será de cuarenta días.
Las personas físicas contratadas para prestar servicios profesionales por medio de honorarios recibirán un aguinaldo equivalente al otorgado al personal con plaza presupuestaria que tenga el nivel equivalente, señaló el documento.