Miércoles 4 de noviembre de 2020, p. 12
La Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados aprobó una reforma para agregar un párrafo al artículo 2 constitucional, con objeto de que el Estado mexicano reconozca como lenguas nacionales, al español y a las lenguas indígenas, las cuales tendrán la misma validez legal.
La reforma, que será votada por el pleno en la sesión del jueves, prevé que las lenguas indígenas formen parte del patrimonio cultural de la nación, por lo que el Estado promoverá su preservación, estudio, difusión, desarrollo y uso.
La lengua es parte del derecho a la identidad individual y colectiva de los pueblos indígenas. Un elemento fundamental de esa identidad se refleja en su lengua materna, como elemento esencial de su cultura
, define el dictamen.
En ese sentido, pondera que la protección de las lenguas indígenas es protección de la cultura, porque a través del lenguaje se transmiten sus tradiciones, creencias y formas de organización que integran la forma de ver al mundo, de interpretarlo y de proyectar su futuro como pueblo.
Evitar discriminación
La reforma constitucional prevé que, además, el Estado promoverá una política lingüística multilingüe, que propicie que las lenguas indígenas alternen en igualdad con el español en todos los espacios públicos y privados.
En sus consideraciones, la comisión señala que el reconocimiento constitucional de las lenguas indígenas como lengua nacional no es banal, porque tiene como objetivo romper con la invisibilización y asegurarle el uso legal para evitar la discriminación y el olvido
.
Actualmente, agrega, en la Constitución no se hace referencia expresa a las lenguas nacionales o a las lenguas nativas y en el artículo 2 constitucional, no obstante se reconocen y garantizan el derecho de los pueblos y las comunidades indígenas a la libre determinación.
En consecuencia, se les otorga la autonomía para preservar y enriquecer sus lenguas, conocimientos y todos los elementos que constituyan su cultura e identidad; asimismo, a acceder plenamente a la jurisdicción del Estado.
La comisión indica que para garantizar ese derecho, en todos los juicios y procedimientos en que sean parte, individual o colectivamente, deberán tomarse en cuenta sus costumbres y especificidades culturales respetando los preceptos de esta Constitución.
Y plantea que el reconocimiento del derecho a la libre determinación implica elementos como el fomento de sus lenguas por parte del Estado; el reconocimiento y respeto de las lenguas indígenas como lenguas vigentes y con la misma validez que el español, sobre todo en procesos frente a instituciones; y que el Estado se obligue a promover estas lenguas desde los espacios educativos hasta los institucionales de estas lenguas.