Lunes 27 de junio de 2016, p. 34
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó otorgar a jueces de la Ciudad de México una suspensión con la que pretendían detener por tiempo indefinido la aplicación de la Ley General de Transparencia capitalina (ley 3 de 3), que obliga a juzgadores a hacer públicas las declaraciones patrimonial, fiscal y de intereses.
El pasado viernes, los tribunales Superior de Justicia, de lo Contencioso Administrativo y Electoral de la Ciudad de México interpusieron ante la Corte una controversia constitucional con la que pretendeieron que los ministros invalidaran un artículo de la Ley de Transparencia capitalina.
Los juzgadores no pedían que se les eximiera de presentar sus declaraciones al órgano de gobierno correspondiente, sino que no se difundieran las versiones de las mismas durante el tiempo en que la SCJN resuelve sobre la constitucionalidad del artículo 121, fracción XIII, de la ley cuestionada.
Sin embargo, el ministro José Ramón Cosío negó la suspensión a los juzgadores.
El pleno de la Corte no tiene plazo para resolver, pero podría tomar alrededor de un año, y se requiere el voto de ocho de los 11 ministros para invalidar la fracción impugnada.
En la controversia, los jueces quejosos alegan que la Asamblea Legislativa violó el derecho humano a la privacidad y la intimidad y puso en riesgo el ejercicio de la función jurisdiccional, al obligar a jueces y magistrados a revelar datos personales que podrían hacerlos vulnerables a presiones externas.