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Por órdenes del TEPJF han impedido difusión de anuncios

Consejeros del INE critican que se les obligue a ejercer censura previa
 
Periódico La Jornada
Viernes 27 de mayo de 2016, p. 16

Consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE) criticaron a los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) por ordenarles ejercer censura previa a los promocionales políticos, impidiendo su difusión cuando los ciudadanos ni siquiera los conocen, bajo el argumento de que son calumniosos.

La consejera Pamela San Martín advirtió que la censura previa es inconstitucional y si bien hay dos criterios fijados por la Sala Superior del TEPJF, refirió que no hay una jurisprudencia que los obligue a realizar esa censura.

Consultados al respecto en una rueda de prensa, su colega José Roberto Ruiz Saldaña señaló que en México ninguna jurisprudencia indica la censura previa, y pidió a los magistrados reflexionar sobre el alcance de los dos criterios fijados.

El consejero Benito Nacif expresó coincidencias con San Martín en cuanto a que algunos excesos se corrigen porque están prohibidos por la ley, pero otros le corresponde a una sociedad y medios de comunicación críticos que cuestionen la propaganda negra y la blanca, y la rosa y la azul, la positiva y la negativa.

Esta situación se generó porque la Sala Superior del TEPJF ratificó la prohibición de difundir un anuncio en radio y televisión contra Miguel Ángel Yunes y otro contra Alejandro Murat, argumentando que eran calumniosos. En ambos casos negaron ejercer censura previa, porque ya se transmitían en el poco conocido portal de pautas del INE.

Desde hace más de un lustro, el INE y el propio tribunal habían rechazado analizar quejas contra promocionales en tanto éstos no se hubiesen difundido en radio y televisión para evitar ejercer censura anticipada. Sin embargo, en las semanas recientes, esta máxima se modificó con el amparo del TEPJF.

Durante la sesión de la Comisión de Quejas, San Martín y Ruiz Saldaña lamentaron que la Sala Superior ratificara una medida cautelar, la cual impidió la transmisión de un anuncio en contra del candidato a gobernador del Partido Revolucionario Institucional (PRI) en Oaxaca, sólo por señalar: que no es de aquí siendo que nació en el estado de México.

Vamos a privar a los ciudadanos de Oaxaca de ver un mensaje, en contra de la Constitución, porque la Sala Superior decide democráticamente que la censura previa no es lo que todo mundo sabemos que es la censura previa, expresó molesta San Martín.

Esta postura generó un debate con la consejera Beatriz Galindo, quien les pidió ser responsables, ya que al no aplicar el criterio del Tribunal Electoral, generan inseguridad jurídica a los actores.

Una discusión similar se dio porque los magistrados ordenaron no difundir un promocional contra la candidata del PRI a gobernadora de Aguascalientes, Lorena Martínez, por considerar que la calumniaba. Esto porque decía: se enriqueció y nos mintió por haber ocultado la adquisición de una casa de 10 millones de pesos, lo que sí ocurrió.

San Martín ironizó con esta resolución del TEPJF, porque consideró calumnioso lo relacionado con la mentira como si se incumplieran los 10 mandamientos y no el Código Penal.