JUEVES Ť 27 Ť SEPTIEMBRE Ť 2001
Ť Con ellos, el total de las demandas entregadas al máximo tribunal del país sumó 324
Recibe la SCJN cuatro recursos más en contra de las reformas constitucionales en materia indígena
Ť Fueron presentados por los municipios de Alcozauca, Guerrero; Chalcatongo, Oaxaca, y Mezquitic y Bolaños, Jalisco Ť Se aprobó la ley sin contar votos de congresos locales, dicen
ENRIQUE MENDEZ, VICTOR BALLINAS Y MATILDE PEREZ U.
Antes de concluir el plazo para presentar recursos en contra de las reformas sobre derechos y cultura indígenas, la Suprema Corte de Justicia de la Nación recibió cuatro más presentados por los municipios de Alcozauca, Guerrero; Chalcatongo, Oaxaca, y Mezquitic y Bolaños, Jalisco. Con ellos, el total de demandas entregadas al máximo tribunal contra los cambios constitucionales sumaron 324.
Con la asesoría del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, se presentaron en la SCJN autoridades tradicionales de Alcozauca, y en el caso del municipio oaxaqueño enviaron su documentación, pues no pudieron sufragar sus gastos de viaje a la ciudad de México.
Por el pueblo huichol de Jalisco, los síndicos de Mezquitic, Manuel María Navarro Alvarez, y de Bolaños, Hernesto Ortiz Valdivia, presentaron las controversias constitucionales. El abogado y asesor jurídico de la Unión de Comunidades Indígenas Huicholas, Samuel Salvador, dijo que ese camino legal es una llamada de atención al gobierno federal para que se retome la propuesta de la Comisión de Concordia y Pacificación.
''No se nos pidió nuestra opinión''
El síndico procurador municipal de Alcozauca, Ricardo Pineda Flores, señaló que el principal argumento contra la reforma es que la Comisión Permanente del Congreso de la Unión votó a favor de reconocer los cambios a la Constitución sin esperar a contar con el total de votos de los congresos locales, y que no se pidió la opinión de las comunidades.
''No estamos de acuerdo (en) cómo fue aprobada la ley indígena. No se nos pidió la opinión'', expresó por su parte el asesor jurídico de la sindicatura de Alcozauca, Rómulo Arriaga.
Elmer Pacheco Salazar, del Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan, dijo que el recurso objeta el procedimiento en las legislaturas estatales, pues la Permanente tomó la decisión a pesar de que aún no votaban las reformas tres legislaturas locales.
La comunidad afectada reclamó la violación a los artículos 4, 14, 16, 115, 133 y 135 de la Constitución, además del convenio 169 de la OIT, porque ''infringen el derecho del municipio de ejercer sus facultades de organización, representación y gobierno, contenidas en los artículos 4 y 115 constitucionales. Se impidió además -se argumenta en las controversias- que el municipio velara por la garantía y protección de los derechos de los pueblos que lo integran.
Los mismos argumentos defendió la autoridad de Chalcatongo, según informó Mario Patrón, del Centro de Derechos Humanos Pro Juárez, organización que ha coordinado 23 recursos de presidencias municipales de Oaxaca, Chiapas, Guerrero y Veracruz, y que además redactó tres amparos de comunidades rarámuris de Chihuahua y la acción de inconstitucionalidad que presentó la minoría legislativa del Congreso de Tlaxcala.
Más tarde, en conferencia de prensa, el Centro Pro informó que los amparos de los rarámuris contra las reformas constitucionales en materia de derechos y cultura indígenas se presentaron ante el juzgado 17 de circuito de Chihuahua.
No se respetó el derecho a la consulta
Entre las principales violaciones que se denuncian están: no se respetó el derecho a la consulta, como lo establece el convenio 169 de la OIT; la conculcación de derechos que se restringieron y que ya estaban establecidos con base en dicho convenio.
De los amparos promovidos por los rarámuris, uno corresponde al ejido Cuiteco, otro por la comunidad Cuiteco, del municipio de Urique, y el tercero a los gobernadores de las comunidades de San Alonso, El Naranjo y El Manzano, del municipio de Urique, así como de San Rafael del Oribo, municipio de Chimilpas, y Bagusinare, municipio de Baguasapares, comunidades que forman parte de la sierra Tarahumara.
En los amparos se resalta que se violaron los derechos ya adquiridos con anterioridad a la reforma, puesto que con ésta, a pesar de que el ejido es propietario de un determinado territorio, quedará sometido a las demás modalidades de tenencia de la tierra, que en dicho precepto modificado se han considerado.
Se argumenta además que existe violación por parte de las legislaturas de los estados de Aguascalientes, Jalisco, Querétaro, Quintana Roo, Sonora, Tabasco, Coahuila y Michoacán, puesto que al aprobar la reforma incumplieron con la legalidad del proceso establecido en el artículo 135 constitucional.
Sobre los amparos, dijo el abogado Jorge Fernández, del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro, se espera que en las próximas 24 horas se informe si fueron admitidos.
Alternativa jurídica para que se reconozcan derechos indios
Por su parte, los representantes de los huicholes se comprometieron a darle seguimiento al proceso jurídico hasta su conclusión. ''Este es un apoyo a los indígenas para que sean escuchados y vean que no están solos'', dijeron. El síndico de Mezquitic comentó que es una acción para que se tome en cuenta a los municipios con mayor concentración india.
Ambos síndicos presentaron la controversia constitucional contra las reformas constitucionales a la ley indígena, como una alternativa jurídica para que se reconozcan los derechos de los pueblos indios. ''No han escuchado las voces indígenas, sus reclamos. Esta es una lucha legal y por esa vía continuaremos hasta que las demandas sean atendidas'', destacó el abogado wixárika Samuel Salvador.
Por su parte, el pueblo nahua de Jalisco, con el apoyo de la Asociación Jalisciense de Apoyo a Grupos Indígenas, presentó en el juzgado de distrito en esa entidad un amparo contra las mencionadas reformas constitucionales.