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Simplifican dar nacionalidad a hijos de mexicanos nacidos en el extranjero
 
Periódico La Jornada
Miércoles 24 de abril de 2024, p. 14

Por unanimidad, el Senado aprobó ayer reformas para simplificar el otorgamiento de la nacionalidad a hijos de padres mexicanos nacidos en el extranjero o de migrantes en retorno.

Ya no se requerirá la legalización consular o de la apostilla; bastará con presentar el certificado de nacimiento en otro país y el acta de los progenitores expedida en México.

La presidenta de la Comisión de Justicia, Olga Sánchez Cordero (Morena), expresó que es necesario facilitar los trámites a los padres mexicanos retornados al país, porque enfrentan problemas para lograr el reconocimiento de la nacionalidad de sus hijos nacidos en el extranjero, dado que su situación migratoria en muchas ocasiones es irregular.

Ello, precisó, les impide legalizar o apostillar los certificados de alumbramiento emitidos por la nación de procedencia y, en consecuencia, no pueden ser reconocidos como mexicanos.

A su vez, la presidenta de la Comisión de Estudios Legislativos Primera, Mayuli Latifa Martínez Simón (PAN), agregó que gran parte del problema que busca subsanar la reforma es que los paisanos que retornan dejen de tener problemas para lograr el reconocimiento y la nacionalidad mexicana de sus vástagos.

Con las reformas a los artículos 314 y 1144 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, cuando se trate de documentos que acrediten la nacionalidad e identidad de mexicanos nacidos en el exterior o migrantes en retorno, no se requerirá de la legalización consular o de la apostilla.

En el dictamen se destaca que el hecho de que los hijos de padres mexicanos alumbrados en el extranjero no cuenten con la nacionalidad e identidad, los coloca en un estado de indefensión, por lo que es fundamental salvaguardar sus derechos que les ofrece la Constitución, como el que puedan acceder a educación y salud.

La minuta se turnó al Presidente de la República para su promulgación.